Derechos Pecuniarios

DERECHOS PECUNIARIOS 2026
RESOLUCIÓN RECTORAL N° 04 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2025

Por medio de la cual se fijan las tarifas de los costos educativos para los programas de formación laboral por competencias de la COLEGIATURA ANTIOQUEÑA DE BELLEZA – INSTITUCIÓN TÉCNICA para el año 2026.

La Rectora de la COLEGIATURA ANTIOQUEÑA DE BELLEZA – INSTITUCIÓN TÉCNICA, en uso de las atribuciones que le confieren los estatutos generales, y
CONSIDERANDO:
a) Que la ley 115 de 1994 en su artículo 202 y el decreto único reglamentario 1075 del 26 de mayo de 2015 en su artículo 2.3.2.2.1.3, permite a las instituciones educativas privadas fijar las tarifas de todos los costos educativos.
b) Que es necesario establecer las tarifas de los derechos pecuniarios de forma pública.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Fijar las tarifas de los costos pecuniarios para el año 2025, así:

CONCEPTO VALOR
Certificado de Estudio$15.000
Certificado de notas papel membrete$26.000
Certificado de egresado NO graduado$26.000
Duplicado carnet de estudiante$15.000
Duplicado carnet de egresado$15.000
Supletorio$63.000
Plan de mejoramiento$147.000
Renovación de matrícula ordinaria$90.000
Renovación de Matrícula Extemporánea$121.000
Reconocimiento de saberes por módulo70% del valor del módulo
Homologación70% por valor del módulo
Derechos de reingreso programas$84.000
Derechos de certificación ordinarios$431.000
Derechos de certificación extraordinarios$483.000
Derechos de certificación ceremonia privada$710.000
Derechos de certificación cursos$136.000
Duplicado del diploma de aptitud ocupacional$84.000
Duplicado de acta de certificación$52.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el valor del semestre para cada programa técnico para el año 2026, así:

CONCEPTO VALOR
Técnico por competencias laborales en Cosmetología y Estética $2.450.000
Técnico por competencias laborales en Maquillaje Social y Corporativo $2.250.000
Técnico por competencias laborales en Alta Peluquería $1.550.000
Técnico por competencias laborales en Cuidado Estético de Manos y Pies $1.800.000

ARTICULO TERCERO: la presente resolución aplica para estudiantes nuevos, antiguos, provenientes por reingreso y por transferencia.
ARTICULO CUARTO: Rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bello a los DIEZ (10) días del mes de septiembre de año DOS MIL VEINTICINCO (2025).

 

DIANA MARCELA RUA MONTOYA
Rectora